sábado, 28 de noviembre de 2015

20 DE NOVIEMBRE: SI AL DERECHO A LA INTEGRIDAD SEXUAL Y A LA PROTECCIÓN. NO A LA PROSTITUCIÓN INFANTIL

En relación con la serie de artículos publicados en nuestro blog con motivo del 20 de Noviembre, dedicamos este a la prostitución y explotación sexual infantil, una problemática que no deja indiferente a nadie al tratarse de una de las peores y más dañinas maneras de explotación infantil.

Podemos decir que, por desgracia, esta tragedia no es algo inexistente o que se de en muy pocas situaciones, en países en los que hay grandes dificultades para velar por los derechos fundamentales. Esto ocurre, y se está dando actualmente, en países como Estados Unidos; en octubre, el FBI norteamericano anunció el éxito de la operación Cross-Country, una operación anual que abarca distintos estados.



La edición de este año (la novena desde que comenzase la operación), con actuaciones en 135 ciudades de distintos estados norteamericanos, ha concluido con la liberación de nada menos que 149 menores explotados sexualmente (con una edad de 12 años el más pequeño) y el arresto de numerosos proxenetas. Si este dato resulta chocante para un país como Estados Unidos, no lo es menos que la herramienta CyberTipline®, destinada a recoger pistas sobre posibles explotaciones sexuales de menores, haya recogido 4.300.000 informes desde su creación en 1998. 

En la operación Cross Country, junto con el FBI han colaborado otras administraciones públicas y el National Center for Missing & Exploited Children. Esta última organización norteamericana tiene un fuerte compromiso para luchar contra el tráfico y la explotación sexual de menores, con una campaña destina en exclusiva a estos. Según esta, 325.000 menores de Estados Unidos, Canadá y México están en riesgo cada año de ser víctimas de explotación sexual.

Efectivamente, también en países vecinos a Estados Unidos se dan situaciones similares. En otro reciente artículo de El Huffington Post se presentaban otros casos de explotación sexual de menores en México. En él se pone nombre y cara a esta tragedia, al presentar a Karla Jacinto, quien manifiesta lo siguiente: "Me han violado 43.200 veces". Karla calcula que ese número de agresiones sufrió en 4 años, desde que fuera secuestrada por un traficante de menores con 12 años.


Esta joven, que cuenta actualmente con 23 años de edad, ha sido recibida por el Papa Francisco y por el Congreso de Estados Unidos, donde ha afirmado: "Tenéis que saber lo que me pasó y quitaros la venda de los ojos". Actualmente es una activista que trabaja junto con la Fundación Camino a Casa, que tiene como objeto social  la asistencia y restauración de niñas y adolescentes que han sido víctimas de Explotación Sexual Comercial Infantil en México.

Por desgracia, no son estos casos aislados. Ya anteriormente hemos publicado en este blog algunas entradas en relación con esta problemática, como el caso de Anamika (de India) y el de tantos otros menores explotados sexualmente a través de Internet, Según la ONG Humanium, comprometida para acabar con las violaciones de los Derechos del Niño en el mundo, las consecuencias de la prostitución infantil son fundamentalmente la negación del acceso a servicios (educación, sanidad...), riesgo a contagiarse de enfermedades de transmisión sexual, así como otros daños físicos e importantes trastornos psicológicos (depresión, confusión de la personalidad o de la orientación sexual, problemas de conducta, problemas para dormir, pérdida de seguridad en sí mismos, desconfianza u odio hacia los adultos...).

En relación con la Convención sobre los Derechos del Niño, son varios los derechos recogidos en esta que se vulneran con la prostitución infantil y la tata que habitualmente está asociada a esta. Este acuerdo internacional es claro en esta materia, con artículos como el 34, que indica lo siguiente:

"Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:
a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;
b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;
c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos."

Pese a la obligación que impone este artículo a los Estados Partes para la protección de la infancia, vemos como no se está haciendo lo suficiente. En el mismo sentido, también establece claramente las obligaciones de los Estados Partes el artículo 19:
"1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo."

Según la información publicada por UNICEF, los gobiernos de 192 países representados por las Naciones Unidas han firmado esta convención, para comprometerse contra la prostitución, esclavitud sexual y trata de menores. Resulta sorprendente que un país como Estados Unidos sea uno de los tres únicos países que no han firmado esta convención.

Como tristemente comprobamos, queda mucho por hacer para que sean efectivos estos derechos para todos los niños y niñas de nuestro mundo.

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